Por norma general, clasificamos la financiación en tres grandes grupos: los fondos propios, la deuda (préstamos) y el equity o participación en el capital. Hay infinitas fórmulas de deuda y equity, pero te dejamos aquí información sobre las más habituales en el ecosistema startupil:
- FONDOS PROPIOS
El primer instrumento de financiación con el que vas a tener que contar es tu propio dinero. Si los socios fundadores no asumen riesgo económico aportando un capital inicial, difícilmente van a hacerlo los inversores. La rentabilidad de esos fondos se llama ROE (Return on Equity) y calcula el beneficio neto en relación a los accionistas de la empresa.
Para muchos la situación ideal sería 50-50: mitad fondos de los fundadores y mitad financiación externa. Este ideal no siempre se cumple y además, alguna financiación externa puede contabilizarse como fondos propios (por ejemplo, los préstamos participativos).
Serían fondos propios de la empresa su capital social, las ganancias destinadas a los dividendos, fondos de otras instituciones como subvenciones o donaciones…
- DEUDA
Préstamos participativos
Se caracterizan por un interés variable que sube o baja según lo haga la empresa, con la métrica que pactemos: el volumen de negocio o el beneficio neto, por ejemplo.
La persona que te deja el dinero (prestamista) ni interviene en la empresa, ni decide el destino del dinero. Comparte la aventura empresarial en la distancia. Aunque es frecuente que esa prestamista exija que determinadas decisiones estratégicas cuenten con su aprobación. Dependiendo del caso, es posible que sea necesario modificar el pacto de socios para regular esas decisiones. Situaciones como, por ejemplo, que no se harán nuevas contrataciones sin su conformidad, o que los socios se abstendrán de determinadas acciones.
¿Puede la prestamista llegar a convertirse en socio/a? Solo si pactamos lo una cláusula de convertibilidad: ante la imposibilidad de devolver el capital, el prestamista puede pedir «convalidar» su dinero por participaciones sociales. En este caso, se amplia el capital social por compensación de la deuda pendiente, lo que significa emitir nuevas participaciones titularidad del la prestamista.
Si amortizamos anticipadamente, es decir, conseguimos pagar el préstamo antes de los plazos ahorrando intereses, será necesario ampliar con fondos propios la misma cantidad. De este modo conseguimos reequilibrar el patrimonio neto de la sociedad.
Préstamos convertibles (o Notas convertibles)
Estos préstamos se otorgan con un interés variable o fijo con el fin de ser devueltos en plazo, o a cambio de su conversión en participaciones en la empresa.
A diferencia de los préstamos participativos, aquí no es opcional la cláusula de convertibilidad: quien invierte siempre va a poder exigir la conversión en participaciones sociales, si se cumplen las circunstancias.
Las condiciones de esta conversión se pactan con anterioridad, aunque lo normal será que opere cuando no se cumpla con la devolución en plazo. En ocasiones el derecho de conversión del prestamista se “guarda” para futuras ampliaciones de capital, en las que contará con preferencia.
En cualquier caso sí que tiene que quedar definido desde el inicio el porcentaje de participaciones a que tiene derecho la inversora-prestamista. Estos préstamos parecen un inocente instrumento de deuda que no permite la intervención del inversor/a en la vida de la empresa, pero mucho cuidado con los requisitos de decisión previos a la convertibilidad, y con las condiciones de la misma.
- EQUITY: PARTICIPACIÓN EN EL CAPITAL SOCIAL
- Capital riesgo: dinerito que te dan a cambio de una participación en la empresa. Es la forma típica de instrumentar la financiación de inversoras privadas: tú ganas financiación que no tienes que devolver de inmediato, pero ellas van a ser tus socias. Hay que tener mucho cuidado con la letra pequeña de estas operaciones, especialmente con cláusulas como la de liquidación preferente. Esta cláusula otorga al inversor el derecho de cobrar antes que cualquier otro socio cuando se produzca un evento de liquidez hasta recuperar su inversión, o un múltiplo de la misma que se haya pactado.
Por ejemplo, si la empresa va bien y empieza a repartir dividendos, y alguna de las socias es una inversora con liquidación preferente, nadie va a ver un euro hasta que ésta recupere el total de lo invertido, o el doble, el triple…
- Equity crowfunding: aportación de muchos socios con pequeña participación en la empresa. Permite la entrada a pequeños inversores, pero puede complicar la gobernabilidad de la sociedad.
- Media for equity: el inversor no pone dinero, sino un espacio publicitario o una estrategia de marketing, por ejemplo, a cambio de participaciones. También funciona con otras fórmulas como asesoramiento, presentación de posibles inversores y demás trabajo «en especies», sin euros de por medio. Las emprendedoras que han pasado por esto son reacias a estas fórmulas que no aseguran una inversión dineraria: no cash, no equity!
- Work in progress:
Estamos valorando preparar con expertos una guía para un buen pitch, con las claves que tienen en cuenta los fondos, y otra sobre los cap table, o composición ideal de socios después de la financiación. Si crees que resultaría interesante, escríbenos para que le metamos caña a esto…